Hola otra vez lectores!
Hoy les presentamos un caso clínico, donde se presenta un dilema ético, en el cual participa un fonoaudiólogo, el sostenedor de una escuela de la lenguaje y un niño con trastorno específico del lenguaje (TEL). Veremos el análisis del caso desde el punto de vista del grupo de Ética Cuática.
A continuación nuestro trabajo:
Hoy les presentamos un caso clínico, donde se presenta un dilema ético, en el cual participa un fonoaudiólogo, el sostenedor de una escuela de la lenguaje y un niño con trastorno específico del lenguaje (TEL). Veremos el análisis del caso desde el punto de vista del grupo de Ética Cuática.
A continuación nuestro trabajo:
Introducción
La ética rige la conducta del ser humano y
dentro de ella siempre nos encontramos con diversas situaciones que nos llevan
a cuestionar nuestras decisiones, opiniones, pensamientos, actitudes y hechos.
A partir de la ética, podemos discernir no
sólo sobre lo que es bueno y malo para nosotros, sino que también pensar en
nuestras acciones sin que estas causen daño o perjuicio a las demás personas.
Sin embrago, hay personas que no son capaces de llevar a cabo esta acción y
pasan a llevar el bienestar y autonomía de las personas. Vulnerando así los derechos
de este entorno, muchas veces pensando
sólo en su bienestar propio y conveniencia, incurriendo en negligencias.
En el ejercicio de una profesión, muchas veces se presentan esta tipo de situaciones y es ahí donde debemos utilizar la ética, para poder darle una solución a ciertos dilemas éticos que no sólo nos afectarán a nosotros como profesionales, sino que también a las personas con que trabajemos y a nuestros pacientes.
En el ejercicio de una profesión, muchas veces se presentan esta tipo de situaciones y es ahí donde debemos utilizar la ética, para poder darle una solución a ciertos dilemas éticos que no sólo nos afectarán a nosotros como profesionales, sino que también a las personas con que trabajemos y a nuestros pacientes.
A
continuación en las siguientes páginas veremos un dilema ético y podremos
reflexionar sobre él, analizarlo y cuestionarnos sobre cómo debemos actuar ante
este tipo de situaciones.
Análisis Caso número 9
Fonoaudiólogo
joven que evalúa a menor de 4 años que asiste hace un año a escuela de
trastorno del lenguaje. El menor el próximo año debe asistir a kínder. Se
establece una conversación con el director sostenedor, sobre que idealmente el
menor podía realizar kínder en la escuela de lenguaje. Sin embargo, el menor en
la evaluación mantiene un buen nivel semántico y morfosintáctico, acorde a su
edad cronológica, no presenta proceso fonológico de simplificación pero
mantiene algunas dislalias. Esto lo ubica en un trastorno fonológico superando
TEL. La única manera de que el menor asista al kínder dentro de la escuela de
lenguaje es que el diagnostico fonoaudiológico sea TEL expresivo. El joven
fonoaudiólogo cede a tal petición para “mantener buenas relaciones laborales”.
Datos importantes:
· Edad: 4 años.
· Asiste hace un año a la escuela de trastorno del lenguaje.
· Mantiene buen nivel semántico y morfosintáctico
· Mantiene algunas dislalias.
· Trastorno fonológico, superando TEL.
· Edad: 4 años.
· Asiste hace un año a la escuela de trastorno del lenguaje.
· Mantiene buen nivel semántico y morfosintáctico
· Mantiene algunas dislalias.
· Trastorno fonológico, superando TEL.
Análisis de los hechos, responsabilidad del
fonoaudiólogo y del sostenedor:
· El fonoaudiólogo está incurriendo en una negligencia, faltando a la letra “a” del articulo 5 (título III) del código de ética del colegio de fonoaudiólogos de Chile, ya que no está llevando a cabo la atención fonoaudiológica ateniéndose a los preceptos legales y la normativa vigente.
· El fonoaudiólogo está incurriendo en una falta del articulo 4 (título II) del colegio de fonoaudiólogos de Chile, ya que no denuncia las acciones que atentan contra la integridad del paciente y la suya propia.
· Debe existir una metodología de trabajo donde se le dé a conocer a la madre del niño los avances y también problemas que presente, para que no se pueda dar paso a estas situaciones.
· La madre debe exigir información sobre el estado de su hijo, para evitar engaños
· El sostenedor está incurriendo en una negligencia, ya que está pasando a llevar la autonomía e integridad del fonoaudiólogo como tal.
· El sostenedor está faltando a los derechos humanos, ya que está pasando a llevar la integridad y se impone por sobre la autonomía del fonoaudiólogo, no dejándolo desempeñarse como el debe hacerlo.
· Debió existir un consentimiento informado, para que la madre pudiese acceder a esta situación o también si ella lo estima conveniente, negarse a ella.
· El fonoaudiólogo como persona humana, debe ser consciente de sí mismo, de su dignidad y autonomía, para no permitir el que sostenedor lo haga incurrir en este tipo de faltas.
· Ser humano está ligado a la ética del deber y de la virtud: responsabilidad, cumplimiento de normas, hacer el bien, no dañar. Y el sostenedor junto al fonoaudiólogo, no están ateniéndose a este cumplimiento de normas.
· El sostenedor por su parte sólo está pensando en su conveniencia.
· El ARTÍCULO 19 de los derechos del niño dice: Todo niño tiene derecho a la protección contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente. Lo que el sostenedor y el fonoaudiólogo no están respetando.
· El ARTÍCULO 6 de los derechos del niño dice: Todo niño tiene derecho a la supervivencia y el desarrollo en todos los aspectos de su vida, ya sean físicos, emocionales, psico-sociales, cognoscitivos, sociales o culturales. Y al hacer que el niño realice el kínder en la escuela de lenguaje, no le están permitiendo desenvolverse y desarrollarse en otros aspectos culturales y sociales.
· El ARTÍCULO 16 de los derechos del niño dice: Ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques ilegales a su honra y a su reputación.
· El fonoaudiólogo está incurriendo en una negligencia, faltando a la letra “a” del articulo 5 (título III) del código de ética del colegio de fonoaudiólogos de Chile, ya que no está llevando a cabo la atención fonoaudiológica ateniéndose a los preceptos legales y la normativa vigente.
· El fonoaudiólogo está incurriendo en una falta del articulo 4 (título II) del colegio de fonoaudiólogos de Chile, ya que no denuncia las acciones que atentan contra la integridad del paciente y la suya propia.
· Debe existir una metodología de trabajo donde se le dé a conocer a la madre del niño los avances y también problemas que presente, para que no se pueda dar paso a estas situaciones.
· La madre debe exigir información sobre el estado de su hijo, para evitar engaños
· El sostenedor está incurriendo en una negligencia, ya que está pasando a llevar la autonomía e integridad del fonoaudiólogo como tal.
· El sostenedor está faltando a los derechos humanos, ya que está pasando a llevar la integridad y se impone por sobre la autonomía del fonoaudiólogo, no dejándolo desempeñarse como el debe hacerlo.
· Debió existir un consentimiento informado, para que la madre pudiese acceder a esta situación o también si ella lo estima conveniente, negarse a ella.
· El fonoaudiólogo como persona humana, debe ser consciente de sí mismo, de su dignidad y autonomía, para no permitir el que sostenedor lo haga incurrir en este tipo de faltas.
· Ser humano está ligado a la ética del deber y de la virtud: responsabilidad, cumplimiento de normas, hacer el bien, no dañar. Y el sostenedor junto al fonoaudiólogo, no están ateniéndose a este cumplimiento de normas.
· El sostenedor por su parte sólo está pensando en su conveniencia.
· El ARTÍCULO 19 de los derechos del niño dice: Todo niño tiene derecho a la protección contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente. Lo que el sostenedor y el fonoaudiólogo no están respetando.
· El ARTÍCULO 6 de los derechos del niño dice: Todo niño tiene derecho a la supervivencia y el desarrollo en todos los aspectos de su vida, ya sean físicos, emocionales, psico-sociales, cognoscitivos, sociales o culturales. Y al hacer que el niño realice el kínder en la escuela de lenguaje, no le están permitiendo desenvolverse y desarrollarse en otros aspectos culturales y sociales.
· El ARTÍCULO 16 de los derechos del niño dice: Ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques ilegales a su honra y a su reputación.
Valores implicados
Valioso o bueno es todo aquello
que contribuye al mayor despliegue de las facultades específicas del hombre y
fomenta la vida. Negativo o malo es todo lo que ahoga la vida y paraliza la
disposición del hombre a obrar. (Erich Fromm)
¿Qué es valor?
Se define como aquello que es
apetecible, digno de aprobación, de admiración o útil para un fin determinado.
El término valor es un término
polisémico. Apenas podemos encontrar algún campo en el que no se use, por lo
que el sentido que pueda tener en cada caso depende del contexto en el que lo
encontremos.
Es una cualidad física,
intelectual o moral que dentro de un contexto histórico social y cultural se
aprecia de alguien.
Filosóficamente se les puede
definir como objetos “SUI GENERIS” (de naturaleza especial) que valen
por sí mismos y hacen valer a quienes participen de ellos.
· Respeto
· Discernimiento
· Sentido común
· Responsabilidad con el niño
· Amor a la verdad
· Sentido del deber
· Honestidad
· Honradez
· Respeto
· Discernimiento
· Sentido común
· Responsabilidad con el niño
· Amor a la verdad
· Sentido del deber
· Honestidad
· Honradez
Conclusión
Mediante la lectura y posterior análisis
del caso número 9 podemos concluir lo fundamental que es ser ético en todo lo
que tenga relación con el quehacer fonoaudiológico, ya que la fonoaudiología
tiene una responsabilidad social y por lo tanto debe soportar su actuar en los
elementos científicos y en los conocimientos plenamente reconocidos, regirse
por los principios metodológicos de exploración, diagnóstico e intervención
avalados al interior de su profesión, por ende un fonoaudiólogo debe buscar los
mejores medios de diagnóstico y tratamiento para sus pacientes. Deberá buscar
responsablemente el rendimiento óptimo y equitativo de dichos recursos en las
instituciones donde trabaja, evitando todo despilfarro o negligencia en la
administración de recursos destinados al mayor número posible de
usuarios/pacientes y denunciando y oponiéndose como ciudadano a todas aquellas
situaciones en que esto resulte de la malversación o la mala distribución de
los bienes sociales.
Esto es lo que en este caso analizado
debería ocurrir y no es así, al contrario, si dicho profesional hubiera tenido
claro cuáles son los valores que debe poseer al momento de realizar una
intervención fonoaudiológica y hubiera dejado de lado el trabajar por
conveniencia, la salud del niño sería la que estaría en primer plano en dicho
momento pues fueron muchos los derechos que se pasaron a llevar con la acción
realizada, y que obviamente jamás debería de suceder dentro de una relación
entre profesional y paciente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario